LA PROVINCIA REALIZARÁ UNA CONSULTA POPULAR SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

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El gobierno de Santa Fe, a través del decreto Nº 4208, convoca al electorado de la provincia, conjuntamente con la realización de los comicios generales fijados para el día 16 de junio de 2019, a manifestar voluntariamente su opinión no vinculante respecto de la necesidad de reformar la Constitución durante el período de gobierno 2019/2023.

Para ello, el electorado deberá responder de forma negativa o afirmativa sobre la necesidad de reformar la Constitución provincial, opción que se hará efectiva mediante el agregado  de una nueva boleta única separada que contenga de forma clara dicha alternativa.

¿Cuales son los puntos más destacados a tratarse en la reforma?

  • Garantizar derechos que promueven la igualdad como: la identidad, la diversidad sexual, la eliminación de toda discriminación contra la mujer, derechos de niños, niñas y adolescentes (eliminación del trabajo infantil), de las comunidades indígenas, derechos de las juventudes y personas mayores y de aquéllas con discapacidad, derechos sexuales y reproductivos, derechos económicos, sociales y culturales, entre otros.
  • El derecho a un ambiente sano y sustentable debe ser una política del Estado Provincial. En tal sentido, el derecho al agua tendrá que ser reconocido como un derecho humano fundamental para que ni el mercado ni el Estado puedan suprimir o lesionar. Se busca también promover la fabricación y uso de energías renovables.
  • La Constitución debe incorporar el concepto de Estado transparente y gobierno abierto, con construcción de una infraestructura basada en principios éticos a nivel constitucional que incluya a la Defensoría del Pueblo garantizando su autonomía funcional, legitimación activa, autarquía, independencia e idoneidad de quienes desempeñen cargos directivos. También deben pensarse mecanismos nuevos y más eficaces de control independiente y exigencia de responsabilidad de los funcionarios (obligación de brindar información sobre sus actos y que éstos sean públicos).
  • La Reforma de la Constitución Nacional Argentina de 1994 consagró la autonomía municipal en su artículo 123 que faculta a cada provincia a dictar su propia Constitución, “asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.” La nueva Constitución de la Provincia de Santa Fe deberá reglar los alcances y contenidos mencionados y rediscutir las competencias entre provincia y Municipios y Comunas.
  • La Constitución debe reconocer las modalidades de organización y gestión económicas fundadas en la solidaridad (cooperativas, mutuales, fundaciones, asociaciones civiles, asociaciones profesionales, asociaciones vecinales, sociedades de fomento y similares).
  • Derecho a sufragio activo de extranjeros con residencia.
  • Eliminación del requisito de los 18 años para ser elector. Se deberá reconocer la ampliación de derechos acorde a la Nación: es discriminatorio que los jóvenes de 16 años puedan ejercer el sufragio para cargos nacionales y no para los locales.
  • Incorporar las formas de democracia semi-directas de la iniciativa y la consulta popular, revocatoria de mandato así como otros mecanismos como el presupuesto participativo —ya vigente en algunas municipalidades— y las audiencias públicas, incluso como exigencia previa para la privatización eventual de empresas de servicios y renegociación de concesiones.
  • Ampliar el periodo de sesiones ordinarias.
  • Participación política en base al principio de la paridad de géneros en listas de candidatos/as para todos los cargos legislativos.
  • Limitación de los mandatos electorales en los cargos electivos.
  • En torno al Poder Judicial la Constitución debe garantizar con distintas instituciones el acceso a la justicia en forma amplia, gratuita e igualitaria a los sectores más vulnerables de la sociedad. En la provincia de Santa Fe se ideó legislativamente un sistema de justicia penal que es inédito y que se adecua a las exigencias de la Constitución Nacional, y consagra derechos fundamentales como el de juicio justo y debido proceso.
  • Es necesario la efectiva división de funciones de investigación y juzgamiento en la Constitución provincial.
  • Otra posibilidad que ofrecería la reforma seria la incorporación de los juicios por jurados ajustándose a la constitución nacional.