A partir del próximo martes 18 de agosto entra en vigencia un nuevo Decreto que permite la realización de nuevas actividades en el marco de la pandemia por Coronavirus
El Intendente Municipal Andrés Golosetti ha firmado el Decreto Nº066 mediante el cual se habilitan nuevas actividades para la ciudad de Casilda.
En el Artículo 1º, se prorrogan las actividades mencionadas en los artículos 1º y 2º del Decreto Nº064 de fecha del 3 de agosto de 2020. Las mismas son: supermercados mayoristas y minoristas; comercios minoristas de proximidad; maxikioscos; farmacias; ferreterías; veterinarias; ópticas; provisión de garrafas; actividad de telecomunicación (internet fijo y móvil); recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos peligrosos y patogénicos; mantenimientos de servicios básicos (agua, gas, electricidad, etc.), y atención de emergencias; transporte de mercaderías; expendio de combustibles; servicios de lavandería; servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia, todos los días de 8 a 19 horas; y reparto a domicilio (modalidad delivery) de mercaderías del rubro gastronómico (heladerías, rotiserías y casas de comidas), productos para celíacos y medicamentos, todos los días en el horario de 8 a 23 horas; y artículos 1º y 2º del Decreto Nº065 con fecha del 11 de agosto de 2020: apertura de comercios considerados no esenciales permitiendo la atención presencial, de lunes a viernes de 13 a 19 horas y sábados de 8 a 19 horas; y terminales de cobro, impuestos, tasas y servicios; establecimientos destinados al cobro de cuotas de obras sociales y cobertura de salud, de lunes a viernes en el horario de 8 a 15 horas.
En el Artículo 2º, se habilitan a funcionar en el horario de lunes a sábados de 8 a 19 horas, las actividades industriales; actividad bancaria con turno previo; actividad de mutuales y cooperativas con turno previo; ejercicio de profesiones liberales con turno previo; obras privadas con no más de cinco (5) trabajadores profesionales o contratistas de distintos oficios desarrollando tareas simultáneas en el lugar y en inmuebles no habitados; actividades de cobranza a domicilio; talleres mecánicos, lavaderos y servicios de mantenimiento de servicios de reparación de automóviles y motovehículos con turno previo; actividad inmobiliaria; mudanzas; actividad de aseguradoras; permisionarios de agencias de lotería y quinielas; actividad de empleadas y empleados de casas particulares; sindicatos, entidades gremiales empresarias, obras sociales, cajas y colegios profesionales: peluquerías, manicuría y estéticas con turno previo.
Además se recuerda a todos los habitantes de la ciudad de Casilda que el incumplimiento de la previsión legal establecida en el Decreto Nº641/2020 suscripto por el Presidente de la Nación que prohíbe las reuniones sociales tanto con familiares como con personas vinculadas afectivamente podrá ser pasible de denuncia penal por violación de los arts. 205 y 239 del Código Penal.