HABILITAN LAS CELEBRACIONES RELIGIOSAS EN LA PROVINCIA

0
112

El Gobierno Nacional autorizó el desarrollo de reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto en todo el territorio de la provincia de Santa Fe, con concurrencia simultánea permitida de más de 30 personas, sea al aire libre o en lugares cerrados.

Así lo indica un decreto publicado este domingo en el Boletín Oficial, firmado por el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el Ministro de Salud, Ginés González García.

Ahora la decisión para el efectivo cumplimiento de la norma pasó a la esfera provincial, que deberá establecer la fecha en que comenzarán a regir las nuevas condiciones.

La autorización nacional, en rigor, implica exceptuar a la Provincia de Santa Fe «de las prohibiciones dispuestas en el artículo 8°, incisos 1 y 2 del Decreto número 956/20», que refiere al desarrollo de esas reuniones y celebraciones.

Para lograr la autorización, la Provincia de Santa Fe «ha acompañado el correspondiente protocolo para el desarrollo de dichas actividades”.

En el caso de las celebraciones que se lleven a cabo en lugares cerrados, deberán tener «un aforo del 50%» del templo o lugar donde se lleven a cabo.

«Se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19», indica la norma.

Además, añade que la Provincia «deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades», entre ellas las referidas a «la fecha para su efectiva reanudación, pudiendo implementarlas gradualmente, suspenderlas o reanudarlas, en el ámbito de su competencia territorial y conforme la situación sanitaria».