El Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad bonaerense de Dolores comenzó la lectura de la condena a los ocho rugbiers acusados, pasadas las 13. Máximo Thomsen se descompensó tras escuchar su sentencia y tuvo que pausarse la lectura.
En medio de un fuerte operativo de seguridad y gran presencia de medios de todo el país, e incluso de Paraguay, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad bonaerense de Dolores rechazó la nulidad del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa solicitada por la defensa de los ocho rugbiers acusados, a quienes condenó con distintas figuras criminales por el homicidio a golpes y patadas del joven de 18 años en enero de 2020.
Los jueces María Claudia Castro, Emiliano Lázzari y Christian Rabaia condenaron a prisión perpetua a Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (23), Matías Benicelli (23) y Ciro (22) y Luciano Pertossi (21). La lectura del fallo comenzó pasadas las 13. A Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Lucas Pertossi (23) los sentenciaron a 15 años de prisión como partícipes secundarios.
Cuando Thomsen escuchó la condena, se descompensó y el tribunal pidió una pausa en la transmisión online que se reanudó a los pocos minutos. Para las 13.37 estaba concluida la lectura de la condena y se activó el operativo de traslado de los ya condenados.
Ciro y Luciano Pertossi, Comelli y Benicelli recibieron la misma pena como autores primarios de homicidio doblemente agravado. Mientras que Cinalli, Viollaz y Lucas Pertossi fueron condenados a 15 años de prisión por ser partícipes secundarios.
En sus alegatos de cierre el último 25 de enero, tanto los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García como los abogados Fernando Burlando y Fabián Améndola, quienes representan a los padres de la víctima en calidad de particulares damnificados, habían considerado acreditada la responsabilidad penal de los imputados.
A partir de los elementos de prueba incorporados en la instrucción del caso y de las declaraciones de 87 testigos, en las 13 audiencias de testimonios, en las que fueron exhibidos además videos que registraron el ataque y pericias de ADN y sobre los teléfonos de los acusados, sostuvieron la figura del homicidio doblemente calificado, en concurso ideal con «lesiones leves», por los golpes sufridos por amigos de Báez Sosa que intentaron ayudarlo.
En ese sentido, ambas acusaciones pidieron que los ocho jóvenes sean condenados a prisión perpetua, porque consideraron que fueron coautores del crimen. Sin embargo, el tribunal finalmente dividió las responsabilidades.
Para la Fiscalía, los ocho golpearon al joven asesinado, a diferencia de lo que indicaba el requerimiento de elevación a juicio, que apuntaba solo a cinco de ellos como agresores directos, aunque acusaba a todos los miembros del grupo por la presunta «coautoría funcional» del hecho.
En su alegato, los fiscales señalaron que «no hubo roles», sino que «todos hicieron todo, todos se pusieron de acuerdo para matar a Fernando, todos lo golpearon».
Burlando adhirió al pedido de la Fiscalía y sostuvo que todos los imputados tuvieron la «voluntad de matar», que planearon una «cacería humana» y que la víctima fue «fusilada a golpes y patadas».
«La imagen de Fernando de rodillas pidiendo clemencia. Esa es la imagen que para esta representación justifica ni más ni menos el pedido de prisión perpetua para los acusados», había afirmado al alegar.
El particular damnificado precisó además, a partir del análisis de imágenes realizadas del hecho, que tras la expulsión de ambos grupos del boliche «Le Brique» hubo un «acecho» a Fernando que duró poco más de siete minutos, y a partir de las 4.44.30 del 18 de enero, se produjo el ataque, que duró 45 segundos, hasta que a las 4.45.15 los acusados «consuman el homicidio».
Por su parte, el defensor de los imputados, Hugo Tomei, había considerado en su alegato del 26 de enero, que los ocho rugbiers deberían ser absueltos por la «incongruencia» entre la acusación original y la planteada por la Fiscalía al momento de pedir la pena.
Había pedido además, que en caso de ser condenados por el tribunal, el hecho sea encuadrado como un «homicidio en riña», que prevé una pena máxima de seis años de prisión, lo que permitiría a los imputados acceder casi de manera inmediata a una libertad condicional, por los tres años que llevan con prisión preventiva.
Incluso, había planteado que se consideren las figuras de «homicidio simple con dolo eventual», con una pena en expectativa de 8 a 25 años; o de «homicidio preterintencional», de 3 a 6.
Había apuntado a la «impronta mediática inigualable» que tuvo el caso desde la madrugada del crimen, que lo «ha transformado» en «un paradigma de lo que no debe ocurrir», con «horas y horas de videos, constancias del expediente expuestas en las redes sociales, en canales de televisión».
«Represento a ocho condenados por el poder mediático, por la sociedad, y considero que es otra forma de presionar al Poder Judicial y obtener una sentencia que tiene que ver con el criterio de la opinión pública», señaló.