24 DE ABRIL, «DÍA DE ACCIÓN POR LA TOLERANCIA Y EL RESPETO ENTRE LOS PUEBLOS»
El 24 de abril se recuerda el horror del genocidio sufrido por el pueblo armenio a partir del año 1915. Hace 96 años atrás, durante la noche, el gobierno de los Jóvenes Turcos hizo detener y deportar a los máximos líderes religiosos, políticos, intelectuales, gente de la cultura de la nación Armenia: tras pasar una noche detenidos, fueron diseminados hacia diversos puntos del país, donde eran esperados para ser asesinados tras falsos juicios. Fueron más de 800 personas notables detenidas.
Simultáneamente, se dio orden de matar a todos los hombres en edad militar, dejando indefensa a toda la población armenia. Luego vino la deportación letal: mujeres, niños/as y ancianos/as, fueron obligados/as a caminar distancias enormes donde morían sistemáticamente de cansancio, deshidratación y hambre.
Así, dio comienzo una de las más atroces matanzas perpetradas por el ser humano con la intención de destruir, en todo o en parte, a un grupo nacional, étnico o religioso, y que culminó con el exterminio de más de tres cuartos de toda la población armenia.
El Genocidio Armenio fue ignorado por la comunidad internacional durante muchos años. Recién en 1985 (70 años más tarde) una comisión de las Naciones Unidas aceptó calificar el caso armenio como el de un genocidio.
En Argentina, en el año ’95, se aprobó la Ley nacional Nº 24.559 “Día de repudio y lucha contra la discriminación del hombre contra el hombre” que declaraba como tal el día 24 de abril, en homenaje a las víctimas del genocidio. Dicha Ley, aprobada por ambas Cámaras del Congreso de la Nación, fue posteriormente vetada por el Decreto Nº 562/95 del entonces presidente Carlos Saúl Menem.
Afortunadamente, el 11 de enero de 2007, se promulgó la Ley Nacional Nº 26.199, en la que se instauró el 24 de abril como el “Día de Acción por la Tolerancia y el Respeto entre los Pueblos” “en conmemoración al genocidio del que fue víctima el pueblo armenio y con el espíritu de que su memoria sea una lección permanente sobre los pasos del presente y las metas de nuestro futuro”. (Art. 1º, Ley Nacional 26.199).